CRÓNICAS PERSAS
Tratados de Persia con Esparta

Tratado I

Los espartanos y sus aliados hicieron un tratado con el rey y Tisafernes (el sátrapa de Lidia) en los siguientes términos:

1º Cualquier país o ciudades que tengan el rey, o los antepasados del rey, serán del rey; y todo lo que llegara a los atenienses desde estas ciudades, ya sea dinero o cualquier otra cosa, el rey y los espartanos y sus aliados obstaculizarán conjuntamente a los atenienses de recibir dinero o cualquier otra cosa.

2º La guerra con los atenienses será llevada a cabo conjuntamente por el rey y por los espartanos y sus aliados; y no será lícito hacer las paces con los atenienses a menos que ambos estén de acuerdo, el rey de su lado y los espartanos y sus aliados de ellos.

3º Si se rebela contra el rey, serán los enemigos de los espartanos y sus aliados. Y si alguna revuelta de los espartanos y sus aliados, serán los enemigos del rey de la misma manera.

Tratado II

La convención de los espartanos y los aliados con el rey Darío II y los hijos del rey, y con Tisafernes, por un tratado y amistad, como sigue:

1º Ni los espartanos ni los aliados de los espartanos harán la guerra ni dañarán ningún país o ciudad que pertenezca al rey Darío, o que perteneciera a su padre o a sus antepasados; ni los espartanos ni los aliados de los espartanos exigirán tributo a esas ciudades. Ni el rey Darío ni ninguno de los súbditos del rey harán la guerra contra los espartanos o sus aliados, ni lesionarán de ninguna otra manera.

2º Si los espartanos o sus aliados necesitaran ayuda del rey, o el rey de los espartanos o sus aliados, todo lo que acuerden ambos harán bien.

3º Ambos llevarán a cabo conjuntamente la guerra contra los atenienses y sus aliados; y si hacen la paz, ambos lo harán conjuntamente.

4º Los gastos de todas las tropas en el país del rey, enviados por el rey, correrán a cargo del rey.

5º Si alguno de los estados comprendidos en esta convención con el rey ataca el país del rey, el resto lo detendrá y ayudará al rey en lo mejor de su poder. Y si alguien, en el país del rey o en los países bajo el gobierno del rey, ataca el país de los espartanos o sus aliados, el rey lo detendrá y los ayudará en lo mejor de su poder.

Tratado III

En el 13º año del reinado de Darío II, mientras Alexípidas era éforo en Esparta, los espartanos y sus aliados con Tisafernes, Hieramenes y los hijos de Farnaces, concluyeron una convención en la llanura del Meandro, sobre los asuntos del rey y de los espartanos y sus aliados:

1º El país del rey en Asia será el del rey, y el rey tratará a su propio país como le plazca.

2º Los espartanos y sus aliados no invadirán ni dañarán el país del rey: ni el rey invadirá ni dañará el de los espartanos o sus aliados. Si alguno de los espartanos o de sus aliados invade o daña el país del rey, los espartanos y sus aliados lo evitarán. Y si alguno del país del rey invade o daña el país de los espartanos o de sus aliados, el rey lo impedirá.

3º Tisafernes pagará los barcos ahora presentes, según el acuerdo, hasta la llegada de los barcos del rey. Pero después de la llegada de los barcos del rey, los espartanos y sus aliados pueden pagar sus propios barcos si así lo desean. Sin embargo, si optan por recibir la paga de Tisafernes, Tisafernes la proporcionará, y los espartanos y sus aliados le devolverán al final de la guerra el dinero que hayan recibido.

4º Una vez que hayan llegado los barcos, los barcos de los espartanos y de sus aliados y los del rey continuarán la guerra juntos, según lo que consideren mejor Tisafernes y los espartanos y sus aliados. Si desean hacer las paces con los atenienses, también lo harán conjuntamente.